Comentario
La reforma administrativa y territorial emprendida por Diocleciano obedeció fundamentalmente a cuestiones de fiscalidad. La subdivisión del Imperio en un mayor número de provincias (se pasó de 48 a 104) agrupadas en diócesis y dependientes de las prefecturas de pretorio, tuvo como objetivo fundamental aumentar la eficacia del aparato fiscal. Liberados de toda responsabilidad militar tras la creación de los duces y comites constantinianos, los gobernadores provinciales podían dedicarse prioritariamente a la recaudación de impuestos. El impuesto base diocleciáneo, llamado iugatio capitatio, se basaba en una unidad fiscal que contemplaba dos valores imponibles, uno fondiario y otro personal. Pese a los numerosísimos textos de legislación fiscal del Codex Theodosianus y a que los autores bajoimperiales explican que la disposición fiscal diocieciánea tenía como objetivo crear un impuesto único y simplificado, respecto a los del Alto Imperio, la realidad es que la complejidad del mismo hace que, aún hoy, haya un sinfín de teorías que matizan la estructura del impuesto de la iugatio capitatio, que será tratado con posterioridad.